Ensayos en embalajes cosméticos
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Según las exigencias del artículo 17 del Reglamento Europeo sobre Cosméticos (CE) n.º 1223/2009, se permitirá la migración de pequeñas cantidades de sustancias restringidas de los envases a los productos cosméticos siempre que sea técnicamente inevitable y no pongan en peligro la salud humana. Sin embargo, la legislación no establece requisitos detallados sobre cómo debe analizarse o evaluar dicha migración. No obstante, la evaluación de la presencia de impurezas y la información sobre el embalaje es información obligatoria que debe contener el informe de seguridad del producto.
Eurofins asesora a los fabricantes de cosméticos para que realicen su evaluación de seguridad en relación con:
- Materiales de embalaje que cumplen con las obligaciones legales establecidas para el envasado de alimentos, tales como el Reglamento Marco de la UE (UE) n.º 1935/2004 y el Reglamento (UE) N.º 10/2011 de materiales poliméricos en contacto con alimentos.
- Declaración REACH que certifica la ausencia de sustancias extremadamente preocupantes.
- Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, relativa a los envases y residuos de envases.